SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1185/01-R
Fecha: 14-Nov-2001
a)
La autoridad policial recurrida, informa lo siguiente: a) “el día de ayer” llegaron dos policías de Oruro, “con el documento original de la señora”; b) el Capitán Quiroga no tenía por qué darle parte al Fiscal sobre la detención, ya que no es su competencia, pero “hay Fiscales que se creen dioses”, por lo que dio parte a la Fiscal de Distrito sobre la actuación que tuvo en el presente caso el Fiscal Adscrito a la P.T.J.; c) se limitaron a cumplir el mandamiento de detención enviado por la Jueza Cuarta de Partido en lo Penal.
Fernando Quiroga, funcionario de la P.T.J., informa que Angélica Velasco Vda. de Luna fue recibida en la P.T.J. en calidad de depósito, en primera instancia sobre la base de un mandamiento de condena que inicialmente se presentó en fotocopia, pero que luego se recibió el original, emitido por la Titular del Juzgado Cuarto de Partido en lo Penal.