SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1185/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1185/01-R

Fecha: 14-Nov-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el Hábeas Corpus ha sido instituido como un Recurso extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos,  demandando se guarden las formalidades legales.

En el caso objeto de revisión, la autoridad policial recurrida única y exclusivamente procedió a dar cabal cumplimiento al mandamiento de condena expedido por autoridad competente, es decir que actuó dentro del marco que establece el art. 9 de la Constitución Política del Estado, sin que se evidencie vulneración alguna al derecho a la libre locomoción de Angélica Velasco Vda. de Luna, el mismo que ha sido restringido como emergencia de un proceso que fue incoado en su contra y se encuentra totalmente concluido.

Además, debe tenerse en cuenta que el Director de la P.T.J. ahora recurrido, no tenía potestad de ordenar la libertad de la recurrente, así como tampoco la tenía el Fiscal Adscrito a esa entidad, puesto que  el mandamiento de condena fue emitido por una autoridad judicial, luego de haberse tramitado un proceso en el que se dictó sentencia condenatoria que ha cobrado ejecutoria.