SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1239/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1239/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

3.

3.  La Resolución de 26 de octubre de 2001, que corre a fojas 15, declara PROCEDENTE el Recurso, “sin daños y perjuicios”, con estos fundamentos: a) tratándose  del Recurso de  Hábeas Corpus, instituido para garantizar el supremo derecho a la libertad de las personas, “se tiene que  este instituto a tiempo de ser de orden público, además, es de la máxima jerarquía supralegal”, por lo que una vez admitida la demanda, notificada a las partes y al Ministerio Público,  la audiencia debe desarrollarse más allá de la voluntad de las partes; b) “si bien es evidente que, por lo expuesto en el memorial de retiro de demanda de 26 de octubre de 2001, Wilson Laura Pereira ha sido “puesto en libertad”, ello no significa que este derecho no haya sido conculcado y por lo tanto, violentada la Constitución Política del Estado, derecho a la libertad que debe preservarse en toda circunstancia”.

3)   Emiliana Pereira Franco, en representación de su hijo menor Wilson Laura Pereira planteó Hábeas Corpus en mérito a que supuestamente la Directora del Hospital Universitario “Univalle”, no permitía  su salida pese a habérsele dado de alta, porque no se habrían pagado los gastos de atención. Sin embargo, de acuerdo a lo manifestado en el escrito de retiro de demanda, el 25 de octubre  el menor  salió del nosocomio.