Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1239/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
Fragmento 3
Asevera que su hijo ha sido dado de alta en el nosocomio referido, pero no puede abandonar el mismo por cuanto no se ha cancelado la cuenta por los servicios médicos, quirúrgicos y otros, pese a que se ha presentado en el Hospital el documento por el que el conductor que causó el atropello al menor, se obligó a correr con los gastos que demanden su atención.