Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1276/01-R
Fecha: 05-Dic-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 7-8) y 102-V de la Ley N° 1836 en revisión APRUEBA la Sentencia de fs. 66 a 67 y vta. de obrados, pronunciada el 5 de octubre de 2001, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, con la modificación de que se anulan obrados hasta la instancia en que deberá designarse un nuevo Juez Sumariante conforme a lo referido en la parte considerativa, para que substancie el Sumario Interno.