SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1298/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1298/01-R

Fecha: 10-Dic-2001

(fs. 18)

Por su parte, los co-recurridos vocales por escrito informaron (fs. 18): 1) Que la resolución impugnada fue dictada de acuerdo a los arts. 278 del Código de Procedimiento Penal y 106-2) de la Ley de Organización Judicial; además que fue emitida luego de un análisis exhaustivo de todos los datos del proceso, función que no puede ser revisada sino únicamente por los medios ordinarios; 2) Que en la demanda no se aduce ningún derecho ni garantía fundamental vulnerado y 3) Que el Amparo debe ser planteado de forma inmediata habiéndose agotado todas las instancias.