Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1309/01-R
Fecha: 11-Dic-2001
Improcedente
La Resolución N° 72 de 15 de octubre de 2001 de fs. 174, declara Improcedente el Recurso, con el fundamento de que los concejales recurridos observaron lo dispuesto por el art. 51 de la Ley N° 2028 para emitir el voto constructivo de censura; en consecuencia, no han cometido ningún acto ilegal contra el recurrente.