AUTO CONSTITUCIONAL Nº 03/2001 - ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 03/2001 - ECA

Fecha: 05-Feb-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, Jorge Zamora Tardío en representación legal de Edgar Ortiz Caso, por memorial de 21 de diciembre de 2000, manifiesta que su representado fue notificado con el Auto Constitucional Nº 08/2000-O de 14 de diciembre de 2000, en el que se ordena la remisión de antecedentes al Ministerio Público, a fin de que se siga la acción penal que corresponda contra el representado en su calidad de recurrido, no obstante que éste no suscribió el informe de 25 octubre de 2000, cuyo asunto concernía a la "Información ordenada por el Auto Constitucional No. 203/2000-CA pronunciado en el expediente No. 2000-01369-03-RAC relacionado con la restitución plena de funciones a Gerardo Rueda Carrizales como Gerente General de COSAALT LTDA.", lo cual acredita con la certificación expedida por el Gerente General a.i. de COSAALT   LTDA.

CONSIDERANDO:  Que, constatados los referidos informe y certificación, resulta evidente que el recurrido Edgar Ortiz Caso no suscribió dicho informe, por lo que corresponde a este Tribunal enmendar y complementar el Auto Constitucional Nº 008/2000-O de 14 de diciembre de 2000, respecto a las acciones que éste pueda originar.