SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 105/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 105/01-R

Fecha: 09-Feb-2001

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dictó resolución de fs. 216, declarando procedente el Amparo Constitucional con el fundamento de que la retención realizada por la Administradora de la Dirección del Fondo de Pensiones Básicas desde septiembre de 2000 corresponde a una persona física diferente de la que forma parte la Sociedad de Responsabilidad Ltda., por lo que se  conculcaron los derechos y garantías constitucionales del recurrente previstos por los arts. 45 del Código de Seguridad Social, 7-k) y 228 de la Constitución Política del Estado.