Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 131/01-R
Fecha: 12-Feb-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No 1836, REVOCA el Auto cursante a fs. 111 de 20 de diciembre de 2000, y dispone que el Tribunal de Amparo ADMITA el Recurso.