SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 136/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 136/01-R

Fecha: 15-Feb-2001

a)

El recurrido en el informe que corre a fs. 50 y 51, manifiesta que: a) En 14 de junio de 2000 instruyó la iniciación de procesos penales administrativos  por tránsitos no arribados de las gestiones 1993 a 1998, en los que se consignan tres tránsitos no arribados del camión con placa de circulación Nº CCH-432 de propiedad de la Empresa de Transportes “Amaya”, que no está incautado, siendo el estado del trámite la pronunciación de la Resolución Administrativa correspondiente; b) No existe proceso penal administrativo por el motorizado con placa Nº CCE-837, debiendo acogerse el recurrente al Programa Transitorio  de Pago Voluntario de Adeudos Tributarios y Arancelarios, en el que puede accederse a un plan de pago de hasta dos años; c) Podría también  el recurrente acogerse a lo dispuesto por los Decretos Supremos Nos .25414 de 11 de noviembre de 1999, 25591 de 19 del mismo mes y año, 25822  de 21 de junio de 2000 y 26034 de 22 de diciembre de 2000, ya que no puede eludir sus obligaciones tributario - aduaneras y acusar la violación de su derecho al trabajo al mismo tiempo; d) Que no se ha agotado los recursos en la vía administrativa, por lo que pide se declare improcedente el Recurso.