Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 145/01-R
Fecha: 15-Feb-2001
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso de acuerdo con el requerimiento Fiscal declara improcedente el Hábeas Corpus, fundamentando: 1) Que la detención “está amparada por lo dispuesto en los arts. 213 y 216 del Código de Procedimiento del Trabajo y art. 12 de la Ley Nº 1602, la misma que responsabiliza al gerente o mandatario al cumplimiento fiel y estricto de las disposiciones contenidas en la sentencia y 2) Que existen requisitos que aún deben cumplirse conforme al art. 63 del Código de Procedimiento Civil con relación al art. 11 de la Ley General del Trabajo.