Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 152/01-R
Fecha: 19-Feb-2001
3.
3. Concluida la audiencia, el Juez de Amparo, dicta Sentencia a fs. 44, declarando procedente el Recurso en virtud de que el inmueble fue adjudicado por FONVIS a la recurrente, quien ha introducido mejoras en el inmueble con pagos efectuados a la CRE Y COSMOL. Que la recurrida no ha enervado los extremos demandados en el recurso.