Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 158/01-R
Fecha: 28-Feb-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Sentencia corriente de fs. 45 a 48 de obrados, dictada el 10 de enero de 2001, por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Pando, disponiendo que dicho Tribunal proceda conforme al art. 102-VI de la Ley Nº 1836.