SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 164/01-R
Fecha: 28-Feb-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia, el Tribunal de Amparo, dicta Sentencia a fs. 145-146, declarando procedente el Recurso, respecto de Edgar Arias Blacutt, Carmen Delgadillo Pérez y Maritza Arismendi, Miembros de la Comisión de Calificación de Rentas del Fondo de Pensiones que emitieron la Resolución N° 011997 de 20 de julio de 2000 e improcedente respecto del Director de Pensiones por no suscribir la misma y de los otros co- recurridos. Fundamentan la Sentencia en sentido de que la Resolución impugnada, al disponer el pago del recálculo a partir de septiembre de 1997, atenta contra los arts. 158-II, 161-I -II y 229 de la Constitución Política del Estado e infringe los arts. 45 del Código de Seguridad Social y 87 de su Reglamento, puesto que de oficio modifica la Resolución N° 48/89, en la parte que dispone se reconozcan los derechos a partir de julio de 1989, contraviniendo al Auto de Vista de la Corte Nacional del Trabajo, pretendiendo desconocer derechos adquiridos en un trámite de renta, atentando al principio de irretroactividad y la autoridad de cosa juzgada, viciando de nulidad sus actos