AUTO CONSTITUCIONAL No. 06/01-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 06/01-CDP

Fecha: 28-Mar-2001

2.

2.    Que el 11 de octubre de 2000 el recurrente presenta memorial ante el Tribunal de Amparo solicitando se proceda a la calificación de daños y perjuicios en cumplimiento de la última parte de la Sentencia Constitucional antes referida (fs.256-258), por lo que éste abrió término probatorio mediante Auto de 16 de octubre de 2000 (fs. 259). Dentro de este período, ambas partes producen prueba.