SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 167/2001 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 167/2001 - R

Fecha: 02-Mar-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y  93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución revisada  y declara PROCEDENTE el Recurso, sin disponer la libertad del detenido, al encontrarse éste ante la autoridad jurisdiccional competente. Asimismo, condena a las autoridades recurridas al pago de daños y perjuicios a calificarse de conformidad con el art.  91-VI y 102-II de la Ley N° 1836.