SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 211/01 - R
Fecha: 19-Mar-2001
CONSIDERANDO:
1. En su demanda presentada el 28 de febrero de 2001 (fs. 4), el recurrente expresa que se encuentra detenido hace cuatro días en dependencias de la Policía Técnica Judicial como consecuencia de la denuncia formulada por Francisca Coani, por supuesto robo de joyas, no obstante que nada tiene que ver en el hecho. Aclaró que la Fiscal asignada a la División Propiedades dispuso directamente se libre mandamiento de apremio en su contra sin antes citarlo de comparendo. Por lo que, interpone Recurso de Hábeas Corpus contra los recurridos por detención y procesamiento indebidos, pidiendo se declare procedente y se disponga su inmediata liberad con las formalidades legales.
CONSIDERANDO: Que el Recurso de Hábeas Corpus asegura a las personas la posibilidad de que un Juez o Tribunal judicial evalúe la situación jurídica por la cual se encuentran privadas de libertad, a objeto de que en caso de constatar alguna infracción a las reglas de la detención preventiva o se advierta alguna otra relación vinculada con la libertad personal en cualquiera de sus formas, se repare tal acto ilegal determinándose la responsabilidad que el caso conlleva.
Que por otra parte, si bien es cierto que el Recurso de Hábeas Corpus no requiere para su presentación de mayores formalidades, no es menos cierto que la determinación del Tribunal o Juez de Hábeas Corpus debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto se ha violado o está amenazado el derecho de locomoción. Así lo han establecido las Sentencias Constitucionales Nos. 1068/2000 de 15 de noviembre de 2000 y 058/2001 de 25 de enero de 2001.
Que en el expediente no consta ningún elemento probatorio que acredite la detención y procesamiento indebido del recurrente por el contrario se demostró por parte de los demandados que el recurrente actuó de manera temeraria pues no existía denuncia alguna en su contra y menos se procedió a su detención, por lo que no corresponde la aplicación del art. 18 de la Constitución Política del Estado..