Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 227/01-R
Fecha: 22-Mar-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia el Juez de Hábeas Corpus, dicta Sentencia a fs. 26-27 declarando procedente el Recurso con el fundamento de que se ha demostrado en la audiencia, que la recurrente ha sido ilegalmente privada de libertad por más de ocho horas, siendo además incompletas las Diligencias de Policía Judicial, vulnerando de esta manera el art. 18 de la Constitución Política del Estado.