SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 238/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 238/01-R

Fecha: 26-Mar-2001

improcedente

Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso de acuerdo con el requerimiento fiscal declara improcedente el Hábeas Corpus, fundamentando que: 1) El art. 135 del Código de Procedimiento Penal, da amplias facultades a las autoridades para apreciar las pruebas; 2) Que el Tribunal de Hábeas no puede analizar las pruebas aportadas dentro de un proceso y sólo debe pronunciarse sobre la legalidad o ilegalidad de la detención y 3) Que no se ha vulnerado ninguna disposición constitucional ya que las autoridades recurridas han actuado con jurisdicción y competencia.