Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 095/2001-CA
Fecha: 02-Abr-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, APRUEBA el rechazo contenido en Resolución Nº 145/2001 de 21 de marzo de 2001, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, de fs. 16 del expediente.