Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 127/2001- CA
Fecha: 18-Abr-2001
PROCEDENTE
Que, la decisión que declaraba PROCEDENTE el Recurso, pronunciada por la Autoridad Judicial, dentro de la tramitación del Recurso de Hábeas Corpus, se elevó en revisión a este Tribunal, que por Sentencia Constitucional Nº 336/01 de 16 de abril de 2001 revoca la Resolución de 20 de marzo de 2001, pronunciada por el Juez Sexto de Partido en lo Penal y declara IMPROCEDENTE el Recurso, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado.