Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 266/01-R
Fecha: 02-Abr-2001
2.
2. De fojas 73 a 74 sale el acta de la audiencia pública realizada el 21 de febrero de 2001, actuado al que no concurre la autoridad recurrida por lo que se dispone la prosecución de la audiencia en su rebeldía. La abogada del recurrente con la palabra ratificó el contenido de la demanda y añadió que el mandamiento de aprehensión librado contra su representado es ilegal pues no se dan los presupuestos jurídicos establecidos por el art. 233 del nuevo Código de Procedimiento Penal al existir apersonamiento voluntario de éste y plena voluntad de someterse al proceso.