Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 273/2001-R
Fecha: 02-Abr-2001
Procedente
Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo pronunció Resolución declarando Procedente el Recurso, con el fundamento de que el art. 185 de la Constitución Política del Estado no señala que los estudiantes puedan controlar los recintos de inscripción ni ingresar a los ambientes restringidos permitidos sólo a funcionarios y personal autorizado, donde se encuentran los registros de calificaciones y los equipos de computación que constituyen bienes del Estado; hechos que al no contar con un procedimiento en el Estatuto Orgánico de la UMSA ni en otras normas hacen viable el presente Recurso.