AUTO CONSTITUCIONAL Nº 152/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 152/2001-CA

Fecha: 14-May-2001

no se ha promovido el Recurso por el Juez

Que de lo expuesto por el solicitante a fs. 18 y de la lectura del Auto de 28 de abril de 2001 de fs. 20 del expediente, se colige que no se ha promovido el Recurso por el Juez  a instancia de parte ni de oficio, porque la parte demandante Marco Condori Arcani interpone recurso de revocatoria del auto de 02 de abril de 2001 de fs. 17 vta. y para el caso de no darse curso a su pedido, anuncia que en lo posterior solicitará se promueva Recurso Indirecto o Incidental, no habiendo en consecuencia directamente solicitado al Juez promueva Recurso alguno; de similar manera se evidencia que el Juez por Auto de 28 de abril de 2001, rechaza y fundamenta la solicitud de revocatoria del auto de 02 de abril de 2001, sin embargo en ningún momento y sin fundamento promueve de oficio el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad.