Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 453/2001-R
Fecha: 15-May-2001
concederles la libertad sin imponerles ninguna medida cautelar
2. Que el Agente Fiscal demandado requirió por el procesamiento de los recurrentes y remitió el 7 de abril, las diligencias más los detenidos ante el Juez ahora también recurrido, quien dictó auto inicial de la instrucción el 9 de abril del año en curso, para luego de recibir las declaraciones indagatorias de los recurrentes, concederles la libertad sin imponerles ninguna medida cautelar (fs. 23-31).