Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 499/2001-R
Fecha: 28-May-2001
Fragmento 4
CONSIDERANDO: Que, tramitado el Recurso se realizó la audiencia de 27 de abril de 2001 cursante de fs. 9 a 13 de obrados, donde los recurrentes ratificaron íntegramente su demanda y aclararon que la detención sin mandamiento de Pastor Ponce Tola se verificó a hrs. 11 del 24 de abril hasta el día siguiente, 25 a hrs. 18 aproximadamente, es decir durante 31 horas sin que hubiera sido remitido al Juez Cautelar ni al Ministerio Público, violándose el art. 225 de la Ley N° 1970. Finalmente, señalaron que el detenido fue puesto en libertad cuando la juzgadora fue citada con el presente Hábeas Corpus.