AUTO CONSTITUCIONAL Nº 187/2001- CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 187/2001- CA

Fecha: 08-Jun-2001

Corresponde al Auto Constitucional Nº 187/2001-CA

          Que en el caso de autos, sin señalar el domicilio y generales  del recurrente como de la Autoridad recurrida, ni efectuar una adecuada fundamentación que respalde su petitorio, se demanda la nulidad de la resolución "... cursante a fs. 211 vta. ...". De una revisión de antecedentes adjuntos a la demanda, se evidencia que  no se acompañó la mencionada resolución (que dice estar a fs. 211 vta.), incumpliendo con la obligación que tenía de adjuntar la copia o fotocopia legalizada de la resolución que le cause agravio, ni memorial alguno que acredite que su persona oportunamente solicitó le extiendan dicha copia; en consecuencia, al no señalar qué resolución le causa agravio y no adjuntar la misma, no se constata que se haya interpuesto el Recurso dentro del plazo legal.