SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 533/2001-R
Fecha: 01-Jun-2001
1)
Por su parte, la Jueza recurrida informa: 1) Que la solicitud de la esposa del recurrente fue posterior a la solicitud de la parte civil; 2) Que corrida en Vista Fiscal la solicitud de perdón judicial, el Fiscal observó “algunos aspectos previamente” antes de requerir en el fondo, por lo que luego de haberse puesto en conocimiento de la parte civil, quien pidió porque se rechace la solicitud; nuevamente se corrió en Vista Fiscal, habiéndose requerido que se dé cumplimiento al artículo 64 del Código Penal”, opinión que fue puesta en conocimiento de las partes; 3) Que al no haber sido encontrada la recurrente con el mandamiento de condena, libro uno nuevo con facultades de allanamiento y habilitación de días y horas al existir un fallo ejecutoriado y 4) Que a la fecha los obrados se encuentran para resolución en su despacho pues está dentro del término.
1) Que ejecutoriada la sentencia que condenó a la esposa del recurrente a cumplir un año de reclusión por el delito de lesiones leves, la parte civil solicitó se libre el mandamiento de condena y en la misma fecha la esposa del recurrente de acuerdo al artículo 64 del Código Penal y 340 del Código de Procedimiento Penal, solicitó perdón judicial y que mientras dure su trámite se suspenda el mandamiento de condena; empero, la recurrida procedió conforme a la solicitud de la parte civil.