Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 551/2001-r
Fecha: 05-Jun-2001
IMPROCEDENTE
Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución de fs. 44 a 45 vlta., declarando IMPROCEDENTE el Recurso, con el argumento de que el recurrente no agotó la vía administrativa respectiva al encontrarse pendiente de respuesta la solicitud de documentación en copia legalizada, no siendo el Amparo Constitucional sustitutivo de otros recursos que franquea la Ley.