Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 558/2001-R
Fecha: 11-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, Aprueba la Resolución revisada, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.