Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 15/01-CDP
Fecha: 20-Jul-2001
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que la citada Resolución fue dictada a solicitud de los Vocales de la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito de Oruro quienes demandaron el pago de costas y multa pidiendo además, la regulación de honorarios en cumplimiento de la Sentencia Constitucional N° 102/01-R antes citada mediante la que se declaró improcedente el Recurso, revocando el fallo del Tribunal de Amparo que lo había declarado procedente.