Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 249/2001-CA
Fecha: 26-Jul-2001
2. En la declinatoria:
Que, en el caso que nos ocupa, no se cumple la condición previa de agotar la vía de la declinatoria o inhibitoria antes referida, habiendo sido planteado el recurso directamente por Anibal Ferrufino, Secretario Ejecutivo y apoderado de la Dirección Nacional del Movimiento Nacionalista Revolucionario de Izquierda MNRI, además persona no legitimada para hacerlo, sin que haya sido requerida o planteada la inhibitoria o declinatoria por la persona natural o jurídica interesada y menos se haya sustanciado conforme lo disponen los artículos 72 y 73 de la Ley Nº 1836.