Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 259/2001-CA
Fecha: 31-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el rechazo contenido en Auto de 16 de junio de 2001 pronunciado por el Juez de Partido Tercero en lo Civil de la ciudad de Cochabamba, Mario Canedo del Villar, de fojas 17 del expediente.