SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 632/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 632/2001-R

Fecha: 02-Jul-2001

Improcedente

Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución declarando Improcedente el Recurso, con el fundamento de que si bien en materia laboral no existe la consulta de sentencia y no es aplicable el art. 197 del Código de Procedimiento Civil, el hecho de que esté pendiente la revisión del fallo ante el Tribunal Constitucional hace improcedente el Recurso conforme a lo previsto por los arts. 94 y 96-3) de la Ley N° 1836.