Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 643/01-R
Fecha: 02-Jul-2001
2.
2. Que, por requerimiento de 13 de octubre de 2000, el Fiscal recurrido a tiempo de requerir al co-recurrido para que dicte Auto de Apertura de Proceso le indica “La mercadería y el camión VOLVO ... decomisadas preventivamente, se encuentra en los almacenes de Zona Franca Winner, pidiendo que ratifique el decomiso ...”, a cuyo efecto el 17 del mismo mes y año el Juez dicta el referido Auto que en su parte final dispone “Se ratifica el decomiso efectuado mediante acta Nº 22/2000, de fs.3-5, mercadería que deberá permanecer en depósito de la Administración ...” (fs. 26).