SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 651/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 651/2001-R

Fecha: 02-Jul-2001

Improcedente

Previo requerimiento fiscal, el Juez de Hábeas Corpus, dictó Resolución de fs. 22 a 23, declarando Improcedente el Recurso con el fundamento de que las Notas de Cargo y los Solvendos han adquirido ejecutoria, debiendo exigirse su cumplimiento bajo conminatoria de apremio, de acuerdo al D.S. N° 10173, art. 32; concordante con el art. 12 de la Ley N° 1602, al margen que la personería del liquidador se encuentra justificada, estando exento el Fondo de emitir facturas según D.S. 14318 de 4 de febrero de 1977.

Que en consecuencia, los Jueces demandados no han cometido ningún acto ilegal que se traduzca en el procesamiento o persecución indebidos del recurrente, por lo que el Tribunal de Hábeas Corpus al declarar Improcedente el Recurso ha valorado correctamente el espíritu y alcance del art. 18 de la Constitución Política del Estado, así como los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.