SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 669/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 669/01-R

Fecha: 10-Jul-2001

2.

2.   Que, no obstante contar con dichas certificaciones, los recurrentes no han presentado solicitud al Directorio de la Asociación pidiendo reunión de la Asamblea para tratar el tema y tampoco existen certificaciones que acrediten que hayan acudido tanto a la Asociación Departamental y menos Nacional a fin de hacer conocer las denuncias contra su Directorio.