SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 686/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 686/2001-R

Fecha: 09-Jul-2001

Procedente

Finalmente, el Juez de Amparo dictó Resolución declarando Procedente el Recurso, con el fundamento de que a la conclusión del proceso de mensura y deslinde y una vez ejecutoriada la Sentencia, el Juez recurrido no tenía competencia ni jurisdicción para seguir conociendo del mismo, pues debió abocarse única y exclusivamente a ejecutar la Sentencia en la forma y manera que dispone el art. 514 del Código de Procedimiento Civil y que al haber ordenado el desapoderamiento de la caseta de la recurrente atentó contra el debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica garantizados a la persona por los arts. 7-a) y 16-IV) de la Constitución Política del Estado.