Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 712/01-R
Fecha: 13-Jul-2001
3.
3. Que dicha Comisión elevó informe a la Presidenta del Concejo Municipal de Potosí, indicando que la recurrente tenía denuncias y que luego “...de levantarse un auto sumarial informativo y prestadas las declaraciones en su momento...” se le encontraron y demostraron los cargos de negligencia, abuso de confianza, apropiación indebida de equipos y otros del Estado, y uso y abuso de materiales, e insumos médicos, por lo que se sugería se instruya su remoción inmediata conforme al artículo 8 de la Ley de Municipalidades) (fs. 14), a cuyo efecto la Presidenta y Secretario del Concejo solicitaron al Director del SEDES dar cumplimiento (fs.13).