SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 750/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 750/2001-R

Fecha: 23-Jul-2001

procedente

 Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Hábeas Corpus, declaró  procedente el Recurso fundamentando “...que la autoridad demandada como Director del Hospital Japonés, al pretender retener a la paciente como garantía, hasta el cumplimiento de la obligación de carácter patrimonial, ha incurrido en ilegalidad, ha conculcado la disposición legal citada y el Art. 9 de la Constitución Política del Estado.”