Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 267/2001-CA
Fecha: 07-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I inciso 2) de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, APRUEBA el rechazo contenido en Auto de 25 de julio de 2001 pronunciado por el Juez Primero de Partido Ordinario en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, Rolando Toledo Pereira, cursante a fs. 20 del expediente.