Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 286/2001-CA
Fecha: 15-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I inciso 2) de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, APRUEBA el rechazo contenido en Auto de 3 de agosto de 2001 pronunciado por el Juez de Partido Octavo en lo Civil-Comercial de Santa Cruz, Roberto César Pierini de Paulis, cursante a fs. 16 del expediente.