AUTO CONSTITUCIONAL Nº 295/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 295/2001-CA

Fecha: 21-Ago-2001

rechazando el incidente

Que, corrido en traslado y con la respuesta de Eduardo Salazar Meruvia, la  Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronuncia  la  Resolución Nº 520/2001 de 10 de agosto de 2001, rechazando el incidente  por considerar que: el recurso incidental no lleva la debida fundamentación sobre la disposición legal que fuera inconstitucional; no se ha observado lo estrictamente señalado por los arts. 59 y 60 de la ley Nº 1836 y porque  las resoluciones judiciales objetadas por el recurso incidental de inconstitucionalidad no violan norma alguna que ampare  los derechos constitucionales de la demandante. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.