AUTO CONSTITUCIONAL Nº 306/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 306/2001-CA

Fecha: 29-Ago-2001

carezca en absoluto de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.

Que, al solicitarse se promueva el incidente como consecuencia del referido Informe Nº EO/EP28/SOO-R2, demandándose, además,  la inconstitucionalidad del mismo,  sin la existencia de proceso judicial o administrativo alguno,   hace que la solicitud de que se promueva el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad carezca en absoluto de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.