AUTO CONSTITUCIONAL No. 27/01-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 27/01-ECA

Fecha: 14-Ago-2001

el Recurso Directo de Nulidad,

La recurrente, en su solicitud de enmienda y complementación, lejos de pedir algún aspecto contemplado en la norma citada,  y luego de reconocer en forma expresa y reiterada que el Tribunal Agrario Nacional no usurpó funciones  al emitir la Resolución impugnada, impetra que este Tribunal declare la inconstitucionalidad de "los fallos anulados" y de un Título Ejecutorial, careciendo el Tribunal Constitucional de tal potestad, pues el Recurso Directo de Nulidad, conforme se  dejó claramente establecido  en el Considerando V.4 de la Sentencia Constitucional No. 59/01 de  24 de julio del año en curso cuya "complementación" se pide, se circunscribe exclusivamente a establecer si la autoridad o autoridades demandadas actuaron con jurisdicción y competencia, no siendo materia del mismo el determinar  extremos ajenos y diferentes a esa problemática,  motivo por el que no es atendible la  solicitud de la actora.