Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 809/2001
Fecha: 07-Ago-2001
Improcedente
Acto seguido, la Corte de Amparo dictó Resolución declarando Improcedente el Recurso, con el fundamento de que el INRA extendió la certificación que le era permitida y no incurrió en ninguna ilegalidad al negarse a otorgar otro tipo de certificación que no le correspondía. Que por su parte, la Superintendencia Forestal de Santa Cruz al rechazar la certificación del INRA de 13 de agosto de 1998, tampoco cometió ninguna ilegalidad, teniendo el recurrente contra esa resolución expeditos el recurso de revocatoria, ó en su caso el recurso jerárquico ante la Superintendencia General.