1.
1. Que mediante Auto Constitucional Nº 005/2000-CDP de 7 de septiembre de 2000 este Tribunal dispuso que el Juez de Partido de Chulumani emita la Resolución de calificación de daños y perjuicios previa apertura del término probatorio de acuerdo al art. 102-VI de la Ley Nº 1836, debiendo enviar dicho fallo en revisión ante este Tribunal (fs. 17-19).
