AUTO CONSTITUCIONAL Nº 23/01-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 23/01-CDP

Fecha: 06-Sep-2001

CONSIDERANDO:

Que, por otra parte, mediante Sentencia Constitucional N° 610/01-R de 19 de junio de 2001, este Tribunal aprobó la Resolución N° 015/2001 de 7 de mayo del presente año dictada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, por la cual se declaró procedente el Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Miguel Ángel Zambrana contra Evo Morales Ayma, en la que se determina que "conforme a lo dispuesto por el art. 102 de la Ley del Tribunal Constitucional los posibles daños y perjuicios serán calificados en ejecución de sentencia"(sic.)