AUTO CONSTITUCIONAL Nº 335/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 335/2001-CA

Fecha: 20-Sep-2001

rechaza el incidente

Que, con la  respuesta de fs. 17, la Jueza del Juzgado Cuarto de Partido en Materia Civil-Comercial de Santa Cruz,  Teresa Lourdes Ardaya P., por Auto de 30 de agosto de 2001, rechaza el incidente por considerar que los artículos impugnados  no violan norma constitucional alguna menos el art. 16 y 7º de la Constitución Política del Estado, además que el art. 49 de la Ley 1760 ya fue declarado, constitucional por el Tribunal Constitucional;  Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.